TLAXCALA, TLAX., A 14 DE ENERO DE 2026.

PREGUNTAS DE LA QUINCENA.

  • ¿SE DEBERÍA CREAR PETROAMERICA EN LATINOAMÉRICA, COMO UNA ALTERNATIVA A LA OPEP (ORGANIZACIÓN DE PAISES EXPORTADORES DE PETROLEO)?
  • ¿QUÉ EFECTOS GENERARÍA LA CREACIÓN DE UNA MONEDA COMÚN DE PLATA DE TODA AMERICA LATINA?
  • ¿PUEDE SER EL REFERÉNDUM LATINOAMERICANO LA HERRAMIENTA PARA LOGRAR AMBOS FINES ANTERIORES?
  • ¿SABEN NUESTROS AMABLES LECTORES EN QUE CONSISTE LA DOCTRINA MONROE?
  • ¿SABEN NUESTROS CRECIENTES SEGUIDORES EN QUE CONSISTE LA DOCTRINA ESTRADA?
EN SESIÓN EXTRAORDINARIA PÚBLICA DEL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS DE LA LXV LEGISLATURA ELIGIERON A LOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA. LA CUAL SERÁ PRESIDIDA POR EL DIPUTADO DAVID MARTÍNEZ DEL RAZO, CON LA LEGISLADORA MADAÍ PÉREZ CARRILLO COMO VICEPRESIDENTA Y LAS DIPUTADAS REYNA FLOR BÁEZ LOZANO Y MARIBEL CERVANTES HERNÁNDEZ COMO PRIMERA Y SEGUNDA SECRETARIAS, ASÍ COMO LAURA YAMILI FLORES LOZANO Y LORENA RUIZ GARCÍA COMO PRIMERA Y SEGUNDA PROSECRETARIAS, RESPECTIVAMENTE.

«14 ANIVERSARIO: CLUB DE PERIODISTAS DE TLAXCALA, MÉXICO»

MANIFIESTO POLITICO TLAXCALTECA.

A Los PUEBLOS DE MEXICO Y EL MUNDO DESDE LA CIUDAD DE TLAXCALA:

Desde endenantes la raza tlaxcalteca ha brillado en la historia por su tenacidad a toda prueba, por su  guerrera urdimbre, pero más aún por su inteligencia y astucia. En Tlaxcala, fue donde hicimos la Guerra por la Independencia participamos en la lucha Revolucionaria y hoy volvemos a obsequiar, al pueblo de México, nuestro ejemplo de gallardía. Incluso como siempre a la vanguardia de las ideas y corrientes de pensamiento político en una nueva dinámica política y social.

El Referéndum, como forma de democracia directa ha despertado en los pueblos de todo el orbe la esperanza perdida en los gobiernos neoliberales y abandonados por la tecnocracia como la que gobernó y devasto la riqueza del pueblo mexicano.

Bienvenido el Referéndum…  para las próximas autoridades, que se elegirán en el proceso electoral de dos mil veintiuno. A cualquiera de las doscientas noventa y nueve Presidentas o Presidentes de Comunidad; a los 60 alcaldes o alcaldesas; a los veinticinco Diputados o Diputadas Locales; o en su caso a los Diputados o Diputadas Federales, Senadores o senadoras; y desde luego el Gobernador o Gobernadora, para someterse a la revisión de cuentas y a la evaluación con el voto popular en las urnas.

Con el derecho que nos otorga el artículo treinta y nueve de nuestra Carta Magna y sobre todo la razón que hoy nos da el juicio de la historia, este veintiuno de marzo de dos mil veinte, declaramos el inicio de la PRIMAVERA DEMOCRATICA TLAXCALTECA

Hoy ubicados en la inercia de cambio de la década centuria y milenio de la raza humana, los tlaxcaltecas y mexicanos dignos, emprendemos esta nueva misión libertaria para decir: ¡BASTA YA DE MAS Y PEOR DE LO MISMO¡

De frontera a frontera y de costa a costa y más allá de estos límites, nuestro esfuerzo y compromiso será refrendado; de menos a más en cada plaza pública, en cada escuela, en cada casa. Por un futuro más claro para los tlaxcaltecas  y los mexicanos, serán dos años de LECCIONES DE SOLIDARIDAD Y ESPERANZA, para los pueblos de México.

DECLARAMOS: Que no es suficiente el Referéndum Revocatorio Presidencial, la verdadera transición obliga a que nazca una nueva Constitución que sin romanticismo, defina un nuevo rostro al Estado –Nación y desde luego a la Patria chica.  Ya que para ello seguiremos organizando a la ciudadanía  para que demande y defienda sus derechos por la vía de las urnas.

Plaza  Juárez  de la Ciudad de Tlaxcala, a  Veintiuno de marzo de dos mil veinte.

Prof. y Lic. Parménides Ortiz Cano

 Subcomandante Referéndum.


OPINIÓN.

DERECHO SUCESORIO LABORAL. 

¿QUIENES PUEDEN SER BENEFICIARIOS?

*Mtro. Alfonso Pérez Martínez

Introducción

Antes de abordar la temática, me permito señalar como se encuentra regulada la sucesión laboral; si bien es cierto, la primera connotación que tenemos cuando nos referimos al término de sucesión pensamos que es aquella manera de transferir derechos y obligaciones pertenecientes a una persona al momento de morir y lo vinculamos de manera inmediata al Derecho Civil. Pero en realidad se desconoce que existe otra forma especial de sucesión la cual le compete a la jurisdicción laboral, con aquellas normas especiales totalmente distintas a las del Derecho Civil… LEER MÁS.


NOVEDADES.

TLAXCALA/ YAUHQUEMEHCAN/ SIA/ PANOTLA/ TOTOLAC/ SMA/ CONGRESO/ CUAXOMULCO/ TEPEYANCO/ C5/ OFS/ CAPITAL/ APIZACO

NUMERALIA.

SMA.

ANUNCIO.

TOTOLAC.